Qué se puede hacer y qué no a partir de ahora



PREGUNTAS (versión 15/03/2020 9:00h)

Se puede entrar salir de los municipios?
La movilidad se limita a determinadas actividades: adquisición de alimentos, productos farmacéuticos de primera necesidad, entidades financieras y seguros, desplazamiento al lugar de trabajo, regreso a residencia habitual, atención y cuidado a menores de edad, ancianos y otras personas especialmente vulnerables. Cualquier otra actividad análoga se hará individualmente excepto el acompañamiento a personas con discapacidad u otra causa justificada. Además se mantiene vigente el confinamiento en Igualada, Òdena, de Igualada y Vilanova del Camí donde hay controles para no entrar ni salir, excepto los servicios esenciales.

Estarán abiertas las tiendas de alimentos, supermercados y similares
Sí, como servicio esencial

Los suministros a tiendas de alimentos y supermercados están asegurados?
Si, la distribución alimentaria está considerada un servicio esencial y se coordina con las plataformas de distribución la llegada de productos básicos.

La gente puede salir a la calle y comprar?
Sólo para las compras habituales y evitando aglomeraciones. La estancia en el establecimiento será el mínimo e imprescindible para realizar la compra necesaria. El Departamento de Salud recomienda mantener entre 1 y 2 metros de distancia entre personas.



¿Puedo quedar con gente en la calle?
No. La salida a la calle se limita a las actividades descritas que no incluye los encuentros.

¿Puedo llevar a los niños en el parque?
No.
¿Puedo ir a ver a mi familiar/amigo/vecino en su casa?
Sólo en los casos de personas vulnerables o dependientes. También para la recogida de menores de edad en los domicilios de los progenitores/tutores, incluido régimen de custodia compartida o similar.

¿Puedo visitar a mis familiares dependientes?
Sí, para garantizar la atención que necesiten.

Soy persona dependiente. La persona que me asiste podrá venir?
Si, forma parte de los servicios esenciales que se permiten.

¿Puedo ir a salas de vela en el tanatorio?
Si, respetando las medidas previstas para evitar aglomeraciones y manteniendo las distancias. No se permite en caso de que el difunto sea debido a la Covidien-19.

¿Puedo sacar a pasear a mi mascota?
De forma individual cada persona.

¿Puedo ir a bares y restaurantes?
Están cerrados durante los próximos 15 días.

¿Puedo ir al cine o teatro?
Están cerrados durante los próximos 15 días.



¿Puedo ir al gimnasio o instalaciones deportivas?
Están cerrados todos los centros deportivos y gimnasios y se han cancelado los eventos deportivos durante los próximos 15 días.

¿La biblioteca/museos/centros cívicos están abiertos? ¿Puedo ir? Están cerrados durante 15 días.

¿Los centros comerciales estarán abiertos?
Están cerrados durante 15 días.

¿Las tiendas en general que no se encuentren en la situación que expone el punto anterior pueden abrir?
Sólo las de alimentación, bebidas, farmacias, médicos, ópticas y productos ortopédicos, productos higiénicos, peluquerías, prensa y papelería, gasolineras, tabacos, equipos tecnológicos y de telecomunicaciones, alimentos de animales de compañía, comercio por internet, telefónico o correspondencia, tintorerías y lavanderías.

Tengo una cita médica. ¿Puedo ir?
Se están posponiendo todas las no urgentes.

Tengo una cita para rehabilitación. ¿Puedo ir?
Se están posponiendo todas las no urgentes.

¿Funciona el transporte público?
Si, pero con afectaciones al servicio y su empleo según tipología con el objetivo de evitar aglomeraciones. Consulte detalladamente en el gestor del servicio.



¿Puedo ir a hacer gestiones en el ayuntamiento (multas, impuestos …)?
Consulte con el Ayuntamiento si puede hacer los trámites telemáticos o posponerlos. Se ha suspendido los plazos de tramitación administrativa (los próximos 15 días no cuentan dentro de los plazos disponibles para los trámites administrativos)

¿Hay un teléfono de información centralizado?
De información el 012, por sintomatología el 061. El 112 sólo para emergencias y en ningún caso por información.

¿Están asegurados los movimientos de los servicios de emergencia? Sí.

¿Qué se considera un servicio esencial?
Seguridad y emergencias, salud, servicios penitenciarios, servicios sociales y residenciales, servicios funerarios, electricidad, agua potable, aguas residuales, servicios de depuración de aguas, combustibles, gas, telecomunicaciones, residuos urbanos industriales, residuos sanitarios, suministros sanitarios de farmacia, distribución alimentaria humana y para granjas centros de animales, animales vivos (transporte y veterinarios) y mataderos.

¿Cuáles son los grupos de mayor riesgo?
Salud indica que los grupos de mayor riesgo son las personas de edad avanzada y las personas con enfermedades crónicas, como son las cardiovasculares, diabetes, cardíacas o pulmonares, o con problemas en el sistema inmunológico.

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