Medidas que entran en vigor hoy lunes 14 de diciembre, con una duración de 14 días, hasta el 27 de diciembre. Son de aplicación en Gavà y en toda Catalunya:
🚘 Movilidad
- Confinamiento perimetral de toda Catalunya, excepto movilidad esencial:
- Asistencia a servicios sanitarios y sociales.
- Obligaciones laborales, profesionales, empresariales, institucionales o legales.
- Educación o Retorno al lugar de residencia.
- Atención de personas con necesidades o vulnerables (personas mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables).
- Desplazamiento a entidades financieras y de seguros o estaciones de abastecimiento en territorios limítrofes.
- Actuaciones ante los órganos públicos, judiciales o notariales o Renovación de permisos y documentación oficial, y otros trámites administrativos inaplazables.
- Realización de exámenes o pruebas oficiales inaplazables.
- Causas de fuerza mayor o situación de necesidad debidamente acreditadas.
- Fin de semana: confinamiento comarcal. Del viernes a las 6 h al lunes a las 6 h, excepto por movilidad esencial antes indicada y las actividades físicas y deportivas al aire libre dentro de la comarca con grupos de 6 personas como máximo.
- Sin limitación de la circulación en tránsito (de paso).
👥 Reuniones y salidas del domicilio (sin cambios)
- Recomendación de limitar las salidas del domicilio en la medida de lo posible.
- Desplazamientos basados en las “burbujas de convivencia» o la «burbuja ampliada».
- Reuniones de como máximo 6 personas, excepto burbujas de convivencia. La burbuja ampliada tiene que ser lo más estable posible.
- Prohibición de consumir alimentos y bebidas en los encuentros o reuniones en espacios públicos, excepto salidas escolares.
👩🏻💻 Trabajo (sin cambios)
- Obligación en las empresas de limitar la movilidad laboral.
- Trabajo a distancia – teletrabajo salvo que no sea posible.
- Si no es posible el teletrabajo, flexibilidad horaria para evitar horas punta.
- Evitar la coincidencia masiva de personas en los espacios de trabajo.
💈 Servicios y comercio
- Apertura al 30% del aforo sin limitación de superficie a 800 m2.
- Centros comerciales: abiertos al 30% de aforo en establecimientos, locales y espacios comunes, garantizando buena ventilación. Necesario control de accesos. No se permite el acceso y el uso de las zonas recreativas (zonas infantiles, ludotecas…).
- Las empresas que ofrecen servicios que impliquen el contacto personal (centros de estética) pueden abrir siempre y cuando sea servicio individual y con cita previa.
- Se permite la venta por teléfono o internet con recogida en el local siempre que se eviten aglomeraciones en el interior, y con reparto a domicilio.
- Mercados no sedentarios: aforo limitado al 30%.
- Horarios de cierre del comercio: máximo a las 21 h, excepto comida para llevar hasta las 22 h y comida a domicilio hasta las 23 h.
- Limitación del servicio de las tiendas tipo 24 horas: de 6 a 21 h.
🚴🏼♂️ Actividad deportiva
- En periodo de confinamiento comarcal: deporte limitado a la comarca y grupos de máximo 6 personas, excepto las competiciones deportivas autorizadas.
- Reanudación e los entrenamientos de las actividades federativas y deporte escolar.
- Apertura de instalaciones y equipamientos deportivos siempre con control de acceso, sin uso de vestuarios excepto piscinas, y
- al 50% de aforo al aire libre.
- al 30% en espacios cerrados con garantía de ventilación.
- No se permite el uso de instalaciones y equipamientos deportivos no supervisados.
- Se permite la admisión hasta las 21 h y el uso más allá de esta hora siempre que no se incumpla el confinamiento nocturno.
- Se mantiene la suspensión de todas las competiciones deportivas, federadas, etc., excepto las ligas nacionales e internacionales.
🎨 Actividades culturales
- Teatros, cines, auditorios o similares: 50% de aforo y máximo 1.000 personas por sesión sentadas, al aire libre o en espacios cerrados, con ventilación reforzada, control de accesos y movilidad. Resto de actividades: 50% de aforo y máximo 500 personas sentadas.
- Bibliotecas, museos, salas de exposiciones y galerías de arte: aforo limitado al 50%.
- Se permite la apertura de salas de concierto sin servicio de bar.
- Se permite la apertura de restaurantes musicales, cafés teatro y cafés concierto con las mismas condiciones que la restauración.
- Cierre a las 22 h. Se permite el retorno posterior a las 22 h.
🥘 Hostelería y restauración
- Se mantiene la recogida para llevar hasta las 22 h y la entrega a domicilio hasta las 23 h.
- Apertura de bares, restaurantes y hoteles, donde se permite el consumo:
- Hasta las 21.30 h como máximo.
- Siempre en la mesa.
- Máximo grupos de 4 personas o burbujas de convivencia (sin límite)
- Distancia mínima señalizada de 2 m entre personas de diferentes mesas o grupos de mesas.
- Distancia de 1 m entre personas de una misma mesa, excepto personas de la burbuja de convivencia.
- Interior: 30% del aforo y garantía de ventilación.
- Terrazas: sin limitación específica de aforo pero manteniendo la distancia entre mesas y señalización en el suelo.
📚 Educación, infancia y juventud
- Se mantiene la actividad presencial en los centros docentes, de la enseñanza de régimen especial, de educación de adultos y escuelas oficiales de idiomas.
- Universidades: enseñanza a distancia.
- Se permite:
- Extraescolares presenciales fuera del horario lectivo habitual, dentro o fuera del centro educativo, con un propósito educativo o formativo, hasta 6 alumnos por aula como máximo.
- Enseñanzas no regladas impartidas por los centros autorizados de música y danza: hasta 6 alumnos por aula como máximo.
- Ocio educativo: al aire libre (sin límite de personas) y en espacios interiores en grupos de 6.
⛔️ Otras limitaciones y cierres
- Aperturas con limitaciones:
- Parques y jardines públicos y áreas de juego infantil: hasta las 20 h
- Actos religiosos y ceremonias civiles: aforo del 30% y máximo 1.000 personas, al aire libre o en espacios cerrados, con ventilación reforzada, control de accesos y movilidad y con el público sentado. Resto de actividades sin ventilación reforzada: 30% de aforo y máximo 1.000 personas.
- Se mantienen cerrados:
- Ferias comerciales, convenciones, congresos, fiestas mayores.
- Parques y ferias de atracciones.
- Actividades cívicas y comunitarias, excepto los servicios sociales esenciales.
- Juego, casinos y salas de bingo.
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