Estas son las nuevas medidas que entran en vigor en Gavà y en toda Catalunya a partir de hoy

Medidas que entran en vigor hoy lunes 14 de diciembre, con una duración de 14 días, hasta el 27 de diciembre. Son de aplicación en Gavà y en toda Catalunya:

🚘 Movilidad

  • Confinamiento perimetral de toda Catalunya, excepto movilidad esencial:
    • Asistencia a servicios sanitarios y sociales.
    • Obligaciones laborales, profesionales, empresariales, institucionales o legales.
    • Educación o Retorno al lugar de residencia.
    • Atención de personas con necesidades o vulnerables (personas mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables).
    • Desplazamiento a entidades financieras y de seguros o estaciones de abastecimiento en territorios limítrofes.
    • Actuaciones ante los órganos públicos, judiciales o notariales o Renovación de permisos y documentación oficial, y otros trámites administrativos inaplazables.
    • Realización de exámenes o pruebas oficiales inaplazables.
    • Causas de fuerza mayor o situación de necesidad debidamente acreditadas.
  • Fin de semana: confinamiento comarcal. Del viernes a las 6 h al lunes a las 6 h, excepto por movilidad esencial antes indicada y las actividades físicas y deportivas al aire libre dentro de la comarca con grupos de 6 personas como máximo.
  • Sin limitación de la circulación en tránsito (de paso).

👥 Reuniones y salidas del domicilio (sin cambios)

  • Recomendación de limitar las salidas del domicilio en la medida de lo posible.
  • Desplazamientos basados en las “burbujas de convivencia» o la «burbuja ampliada».
  • Reuniones de como máximo 6 personas, excepto burbujas de convivencia. La burbuja ampliada tiene que ser lo más estable posible.
  • Prohibición de consumir alimentos y bebidas en los encuentros o reuniones en espacios públicos, excepto salidas escolares.

👩🏻‍💻 Trabajo (sin cambios)

  • Obligación en las empresas de limitar la movilidad laboral.
  • Trabajo a distancia – teletrabajo salvo que no sea posible.
  • Si no es posible el teletrabajo, flexibilidad horaria para evitar horas punta.
  • Evitar la coincidencia masiva de personas en los espacios de trabajo.

💈 Servicios y comercio

  • Apertura al 30% del aforo sin limitación de superficie a 800 m2.
  • Centros comerciales: abiertos al 30% de aforo en establecimientos, locales y espacios comunes, garantizando buena ventilación. Necesario control de accesos. No se permite el acceso y el uso de las zonas recreativas (zonas infantiles, ludotecas…).
  • Las empresas que ofrecen servicios que impliquen el contacto personal (centros de estética) pueden abrir siempre y cuando sea servicio individual y con cita previa.
  • Se permite la venta por teléfono o internet con recogida en el local siempre que se eviten aglomeraciones en el interior, y con reparto a domicilio.
  • Mercados no sedentarios: aforo limitado al 30%.
  • Horarios de cierre del comercio: máximo a las 21 h, excepto comida para llevar hasta las 22 h y comida a domicilio hasta las 23 h.
  • Limitación del servicio de las tiendas tipo 24 horas: de 6 a 21 h.

🚴🏼‍♂️ Actividad deportiva

  • En periodo de confinamiento comarcal: deporte limitado a la comarca y grupos de máximo 6 personas, excepto las competiciones deportivas autorizadas.
  • Reanudación e los entrenamientos de las actividades federativas y deporte escolar.
  • Apertura de instalaciones y equipamientos deportivos siempre con control de acceso, sin uso de vestuarios excepto piscinas, y
    • al 50% de aforo al aire libre.
    • al 30% en espacios cerrados con garantía de ventilación.
  • No se permite el uso de instalaciones y equipamientos deportivos no supervisados.
  • Se permite la admisión hasta las 21 h y el uso más allá de esta hora siempre que no se incumpla el confinamiento nocturno.
  • Se mantiene la suspensión de todas las competiciones deportivas, federadas, etc., excepto las ligas nacionales e internacionales.

🎨 Actividades culturales

  • Teatros, cines, auditorios o similares: 50% de aforo y máximo 1.000 personas por sesión sentadas, al aire libre o en espacios cerrados, con ventilación reforzada, control de accesos y movilidad. Resto de actividades: 50% de aforo y máximo 500 personas sentadas.
  • Bibliotecas, museos, salas de exposiciones y galerías de arte: aforo limitado al 50%.
  • Se permite la apertura de salas de concierto sin servicio de bar.
  • Se permite la apertura de restaurantes musicales, cafés teatro y cafés concierto con las mismas condiciones que la restauración.
  • Cierre a las 22 h. Se permite el retorno posterior a las 22 h.

🥘 Hostelería y restauración

  • Se mantiene la recogida para llevar hasta las 22 h y la entrega a domicilio hasta las 23 h.
  • Apertura de bares, restaurantes y hoteles, donde se permite el consumo:
    • Hasta las 21.30 h como máximo.
    • Siempre en la mesa.
    • Máximo grupos de 4 personas o burbujas de convivencia (sin límite)
    • Distancia mínima señalizada de 2 m entre personas de diferentes mesas o grupos de mesas.
    • Distancia de 1 m entre personas de una misma mesa, excepto personas de la burbuja de convivencia.
    • Interior: 30% del aforo y garantía de ventilación.
    • Terrazas: sin limitación específica de aforo pero manteniendo la distancia entre mesas y señalización en el suelo.

📚 Educación, infancia y juventud

  • Se mantiene la actividad presencial en los centros docentes, de la enseñanza de régimen especial, de educación de adultos y escuelas oficiales de idiomas.
  • Universidades: enseñanza a distancia.
  • Se permite:
    • Extraescolares presenciales fuera del horario lectivo habitual, dentro o fuera del centro educativo, con un propósito educativo o formativo, hasta 6 alumnos por aula como máximo.
    • Enseñanzas no regladas impartidas por los centros autorizados de música y danza: hasta 6 alumnos por aula como máximo.
    • Ocio educativo: al aire libre (sin límite de personas) y en espacios interiores en grupos de 6.

⛔️ Otras limitaciones y cierres

  • Aperturas con limitaciones:
    • Parques y jardines públicos y áreas de juego infantil: hasta las 20 h
    • Actos religiosos y ceremonias civiles: aforo del 30% y máximo 1.000 personas, al aire libre o en espacios cerrados, con ventilación reforzada, control de accesos y movilidad y con el público sentado. Resto de actividades sin ventilación reforzada: 30% de aforo y máximo 1.000 personas.
  • Se mantienen cerrados:
    • Ferias comerciales, convenciones, congresos, fiestas mayores.
    • Parques y ferias de atracciones.
    • Actividades cívicas y comunitarias, excepto los servicios sociales esenciales.
    • Juego, casinos y salas de bingo.

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