La Generalitat de Catalunya ya ha publicado todos los detalles del confinamiento nocturno en todo el territorio catalán. Aquí tienes todos los detalles:
Confinamiento nocturno
Quedan prohibidos todos los desplazamientos y la circulación por las vías públicas entre las 22.00 horas y las 06.00 horas.
Aplicación en Gavà y en toda Catalunya. Desde el 25 de octubre.
Excepciones a la movilidad:
- Asistencia sanitaria de urgencia.
- Adquisición de productos farmacéuticos por razón de urgencia (la más próxima al domicilio).
- Desplazamiento par ir y volver del trabajo, con el correspondiente certificado de la empresa.
- Desplazamientos de profesionales, y personal voluntario acreditado, para prestar servicios esenciales, sanitarios y sociales.
- Cuidado de personas mayores, menores de edad, personas dependientes, con discapacidad o especialmente vulnerables por motivos inajornables (incluyendo los desplazamientos por necesidades de personas con trastornos de la conducta, discapacidad o enfermedad que requieran actividad al exterior por su bienestar emocional o de salud con el correspondiente certificado profesional).
- Actuación urgente ante órganos judiciales.
- Retorno al lugar de residencia habitual en caso de viaje.
- Cuidado de animales de compañía el tiempo imprescindible (de las 4 a 6 horas AM), con desplazamiento individual próximo al domicilio.
- Otras causas de fuerza mayor u otra situación de necesidad justificada.
Horario máximo de apertura al público:
- En el caso del servicio a domicilio, se permite hasta las 10 de la noche pero se mantiene las 9 como hora límite para los clientes que vayan a buscar la comida en el establecimiento.
- Espacios públicos a les 21 horas, incluyendo espectáculos públicos, actividades recreativas y deportivas autorizadas.
- Las actividades culturales podrán finalizar a las 22 h y se permitirá el retorno de los asistentes entre las 22 y las 23 horas.
La limitación horaria no afecta los servicios esenciales y de urgencia: sanitarios, sociosanitarios, farmacias, combustibles, emergencias y actuaciones judiciales.
Llevad el certificado de declaración autorresponsable o cualquier otro documento acreditativo (médico, de empresa…) que justifique el desplazamiento para presentarlo en los controles policiales.
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