Los patinetes eléctricos no podrían circular por la Illa o la Rambla: Así es la normativa de la DGT

Hasta ahora, la normativa que se re la normativa que se refiere a los patinetes eléctricos apenas comprendía las normas básicas que todo usuario de la vía pública debe respetar, y las ordenanzas emitidas por el municipio en el que utilizábamos nuestros patinetes eléctricos. La única referencia, a nivel nacional, que existía, era una instrucción de la DGT, que instaba a los ayuntamientos, pero no obligaba, a establecer una serie de normas tan básicas como prohibir el uso de patinetes eléctricos en la acera, y regular en que vías se pueden utilizar.

Nueva instrucción para los patinetes eléctricos

1 – Alcohol y drogas
Los usuarios de estos vehículos serán sancionados con la misma cuantía que si condujeran otro vehículo, en caso de sobrepasar las tasas de alcohol (500 o 1.000€) y por presencia de drogas en el organismo.

2 – Uso de teléfono móvil
Queda prohibido conducir haciendo uso del teléfono móvil o de cualquier otro sistema de comunicación. La sanción será de 200€.

3 – Auriculares
También se prohíbe la utilización de cascos o auriculares conectados a aparatos receptores o reproductores de sonido. En caso de ser detectados la sanción sería de 200€.

4 – Casco y otros elementos de protección
El uso de estos elementos se regirá por lo que disponga la correspondiente ordenanza municipal. En el caso de que la ordenanza regule el uso obligatorio de casco, el agente sancionará con 200€ y procederá a la inmovilización del vehículo.

5 – Prohibida la circulación por aceras y zonas peatonales
Se prohíbe la circulación de cualquier vehículo por las aceras y zonas peatonales, como podría ser la Illa de Gavà o la Rambla (excepto a monopatines, patinetes o aparatos similares que lo hagan exclusivamente a paso de personal), siendo sancionable con 200€, salvo bajo la aplicación de aquellas ordenanzas que sí lo permitan. Es decir, el Ayuntamiento podría permitirlo.

6 – Sanciones a menores
En los casos de infracciones cometidas por menores de 18 años, los padres o tutores responderán de la infracción cometida por el menor.

7- Paradas y estacionamientos
Las ordenanzas municipales son las que establecen las prohibiciones relativas a las paradas y estacionamientos de estos vehículos.

8 – Prendas reflectantes o sistema de alumbrado
Se considerará conducción negligente cuando se realice conducción nocturna sin alumbrado ni prendas reflectantes. La sanción sería de 200€.

9 – Sin pasajero
La circulación de dos personas con patinete eléctrico es sancionable con 100€

En la instrucción publicada por la DGT define el VMP (patinete eléctrico): «un vehículo de una o más ruedas dotado de una única plaza y propulsado exclusivamente por motores eléctricos que pueden proporcionar al vehículo una velocidad máxima por diseño comprendida entre los 6 y los 25 km/h».

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