Sorteo de las mesas electorales en Gavà: cómo saber si me ha tocado y qué puedo hacer para librarme

Esta mañana se ha celebrado en el Ayuntamiento de Gavà el sorteo de los integrantes de las mesas electorales de los próximos comicios municipales que se celebrarán el domingo 28 de mayo. Se eligen a tres personas para cada mesa: un presidente y dos vocales. En este sorteo entran todos los gavanenses censados ​​en la ciudad, menores de 70 años, y que sepan leer y escribir. En el caso de los presidentes se establece un filtro adicional, y es que los candidatos deben tener el bachillerato, formación profesional o graduado escolar. La dieta será de 70 euros para las personas designadas en las mesas electorales

El sorteo se realiza de forma automática por el sistema administrativo y en total se han escogido 14 candidatos para cada puesto de cada mesa. Se ha hecho así por tener sobradamente cubiertas las posibles incidencias que puedan salir con los ciudadanos que han sido escogidos. Esto significa que, para cada una de las 54 mesas electorales que habrá en Gavà, el sistema escoge a 14 ciudadanos por el puesto de presidente, 14 más por el puesto de primer vocal, y 14 más por el puesto de segundo vocal. En total, pues, en el sorteo de hoy salen escogidos 2.268 ciudadanos, aunque, obviamente, la inmensa mayoría nunca sabrán que sus nombres han salido en este sorteo porque no les llegará el turno.

¿Cómo saber si te ha tocado estar en una mesa electoral?

Lo primero que hay que tener en cuenta es que el Ayuntamiento no va a publicar los resultados del sorteo para blindar la confidencialidad de datos personales. Ni siquiera se ha puesto en la página web un buscador al que poder acceder introduciendo datos personales. Será cuando a partir de mañana miércoles, 3 de mayo, empezarán a recibir las notificaciones pertinentes los gavanenses que han salido en la primera posición del listado de los 14 candidatos de cada puesto de cada mesa. A tal efecto se envía un notificador que hace entrega, mediante correo certificado, de esta notificación, y es a partir de entonces que comienza a correr el plazo de siete días para presentar alegaciones, plazo que en cualquier caso termina el 13 de mayo.

Las juntas electorales disponen de 3 días para hacer efectiva esta comunicación, por tanto, en principio, si el próximo viernes 5 de mayo termina y no ha recibido ninguna notificación puede darse por no seleccionados. Aunque, cuidado, después podría acabar recibiendo este honor si está en la lista y se aceptan las alegaciones de los que van por delante de usted.

¿Qué puedo hacer si me toca?

Acudir a la mesa electoral es una obligación legal que, en caso de no cumplirse, puede significar hasta penas de cárcel. Aun así, hay situaciones que justifican el no acudir al colegio el día de las elecciones, aunque deben justificarse. Estas son las causas:

1. Causas personales

Válidas por sí solas:

  • Tener entre 65 y 70 años (los mayores de 70 serán automáticamente descartados por el sistema).
  • Presentar certificado de discapacidad.
  • Tener incapacidad permanente absoluta y gran invalidez.
  • Estar en situación de incapacidad temporal para el trabajo, acreditada mediante la correspondiente baja médica.
  • Estar embarazada a partir de los seis meses de gestación o en el período de descanso maternal.
  • Encontrarse en un centro penitenciario o en un hospital psiquiátrico.
  • Sujetas a valoración: Lesión, dolencia o enfermedad física o psíquica que impida ejercer las funciones en la mesa electoral o las convierta en difíciles o penosas.
  • Tener incapacidad permanente total para una determinada profesión, cuando la incapacidad también impida ejercer las funciones de miembro de la mesa electoral.
  • Estar embarazada en situación de riesgo, en cualquier punto de la gestación.
  • Ser sometido a una intervención quirúrgica o pruebas clínicas relevantes en el día de la votación o los inmediatamente anteriores o posteriores.
  • Pertenencia a confesiones comunidades religiosas en las que el ideario o el régimen de clausura resulten incompatibles con la participación en la mesa electoral.
  • Cambio de la residencia habitual a un lugar situado en otra comunidad autónoma.

2. Causas familiares

  • Maternidad, durante el período de lactancia, hasta que el bebé cumpla nueve meses.
  • Cuidado directo y continuo de menores de ocho años o de personas con discapacidad física, psíquica o sensorial.
  • Cuidado directo y continuo de un familiar de hasta el segundo grado de consanguinidad que no pueda valerse por sí mismo.

3. Causas profesionales

  • Prestar servicio durante la jornada electoral a las Juntas Electorales, Juzgados y Administraciones Públicas.
  • Prestar servicio durante la jornada electoral a funciones esenciales de carácter sanitario, fuerzas y cuerpos de seguridad, protección civil, bomberos, etc.
  • Ser director de un medio de comunicación de información general o jefe de los servicios informativos encargado de cubrir la jornada electoral.
  • Participar en acontecimientos públicos previstos con anterioridad a la convocatoria electoral.

El censo electoral previsto para estas elecciones municipales es de 35.772 personas, que son 1.430 más que las que formaban el censo de los últimos comicios locales celebrados en 2019. Se mantienen los mismos cuatro distritos electorales pero varían las secciones, 29 en estas elecciones respecto a las 28 de hace cuatro años; los colegios electorales, 10 este año por 18 en 2019; y también las tablas, 54 este 2023 y una menos en 2019.

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4 COMENTARIOS

  1. El nombre de las personas que vayan a desempeñar una función pública por «ley» tienen que aparecer en la publicación de un documento oficial, siendo su omisión un delito electoral tipificado en el art. 135 de la Ley Orgánica 5/1985.

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