Salut prorroga las restricciones contra la COVID-19 en Gavà y su entorno


Del 16 al 30 de septiembre  se mantienen las medidas a los municipios del Área metropolitana de Barcelona. Las medidas siguen siendo recomendaciones.

Los municipios afectados por las medidas son: Barcelona, Viladecans, El Prat de Llobregat, Sant Joan Despí, Sant Boi de Llobregat, Cornellà de Llobregat, Sant Just Desvern, Esplugues de Llobregat, Hospitalet de Llobregat, Montcada i Reixac, Santa Coloma de Gramenet, Sant Adrià de Besòs Castelldefels y Gavà.

Reuniones de personas

  • Prohibición de hacer reuniones de más de diez personas, tanto en el ámbito público como en el privado. En el caso de los espacios públicos no se permite, además, el consumo ni de alimentos ni bebidas.
  • Los actos religiosos como bodas, servicios religiosos, celebraciones y ceremonias fúnebres limitan la asistencia al 33% del aforo.


Movilidad y desplazamientos

Se recomienda salir de casa sólo para:

  • desplazamiento al trabajo
  • desplazamiento a centro sanitario
  • cuidado de personas mayores, menores o dependientes
  • desplazamientos a centros docentes (incluidos los universitarios), y para realizar actividades de ocio infantil y juvenil (incluidas extraescolares) y actividades de intervención socioeducativa 
  • compra en tiendas de alimentación u otros con cita previa o aviso previo
  • ocio y deporte con el grupo de convivencia habitual
  • gestiones al banco
  • actividades judiciales
  • huertos de autoconsumo
  • mudanzas
  • causas de fuerza mayor
  • para exámenes o pruebas oficiales inaplazables


Restauración y hostelería

  • Se permite la apertura de bares y restaurantes con el aforo en el interior limitado al 50%, sin posibilidad del consumo en barra, con una distancia mínima entre tablas y grupo de tablas de 1,5 my con un máximo de 10 personas por mesa. En el caso de las terrazas debe haber 2 m entre tablas y grupos de mesas con una ocupación del 50% del espacio autorizado y con un máximo de 10 personas por mesa. El horario de cierre de estos establecimientos es a la 1:00 horas como máximo, sin que se puedan admitir nuevos clientes a partir de las 00:00 horas.
  • Siempre que sea posible, se deben utilizar preferiblemente servicio a domicilio y pedidos para llevar.
  • En los establecimientos hoteleros, el aforo de los espacios comunes se limita al 50% del aforo autorizado.

comercios

  • Tanto en espacios cerrados, como en espacios al aire libre, la distancia física interpersonal de seguridad se establece en 1,5 m. El aforo máximo permitido es el equivalente a 2,5 m² por persona.
  • Todos los establecimientos deben incrementar las medidas de precaución e higiene en el interior de los locales.

permanecen abiertos

  • Actividades culturales, de espectáculos públicos, recreativas y deportivas siempre que no superen el 50% del aforo
  • Bibliotecas y museos.


Actividades docentes, de ocio infantil y juvenil y actividades de intervención socioeducativa

Las actividades docentes (incluidas las universitarias), las actividades de ocio infantil y juvenil (incluidas las extraescolares) y las actividades de intervención socioeducativa (servicios de intervención socioeducativa y centros abiertos), incluyendo el transporte escolar, se deben llevar a cabo de acuerdo con los correspondientes planes sectoriales aprobados por el Comité de Dirección del Plan de actuación del PROCICAT.

Estas medidas están vigentes hasta el 30 de septiembre de 2020.

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